El primer terror

El primer terror

1. La Comuna del 10 de agosto y la Asamblea legislativa

El conflicto de la Comuna y de la Asamblea duró las seis semanas finales del período legislativo del 10 de agosto al 20 de septiembre de 1792. Tuvo, en el transcurso de la Revolución, una importancia capital. Frente al poder legal, representado por la Asamblea, se alzaba un poder revolucionario: la Comuna rebelde del 10 de agosto. El periodista Girey-Dupré, redactor del Patriote français, el periódico de Brissot, se había quejado el 30 de agosto, en una carta a la Asamblea, de haber sido citado ante la Comuna acusándole de usurpación y de dictadura. La Gironda se alzó contra la comuna. A los ataques de Gensonné, de Guadet y de Grangeneuve la Comuna respondió y se justificó por el órgano de Tallien, el 31 de agosto de 1792:

“Todo lo que hemos hecho lo ha sancionado el pueblo… Si nos atacáis, atacad también a ese pueblo que ha hecho la Revolución del 14 de julio, que la ha consolidado el 10 de agosto y que la mantendrá”.

La lucha de estos dos poderes duró hasta que se reunió la Convención y la lucha prosiguió después en la oposición de ambos partidos, el girondino y el montañés. Los vencedores del 10 de agosto estaban resueltos a imponer su voluntad. La Asamblea legislativa tuvo que reconocer a la Comuna rebelde, que había conseguido en las elecciones 288 miembros, todos de extracción burguesa pequeña y media. Pero la Asamblea, en donde dominaba la Gironda, partido de la alta burguesía y de la legalidad, rechazaba tradicionalmente las medidas revolucionarias, de las que la Comuna dio el ejemplo y cuya herencia recogía la Montaña.

Danton, en el Consejo ejecutivo, formaba como una especie de vínculo entre los dos poderes: su pasado revolucionario era una garantía para la Comuna, mientras que su actitud desasosegaba en muchos casos a la Asamblea. Nacido en 1759, hijo de un procurador del bailío D’Arcis-sur-Aube, antiguo abogado del Consejo del rey, Danton se había manifestado desde 1789 como demócrata. Su actuación en la sección del Théâtre-Français y en el Club de los franciscanos, le valieron ser elegido en 1791 como miembro del Directorio del departamento; después sustituyó al procurador de la Comuna de París. Comprado, sin duda alguna, por la corte, parece que le hiciera concesiones muy importantes. Aunque su actuación en el 10 de agosto permanece oscurecida, pasó rápidamente a primer plano. Elocuente, con una fantasía popular, sin afectación, realista, sabiendo maniobrar y decidirse con audacia, generoso y con un profundo sentido del goce, fácil a la emoción e incapaz de venganza. Danton encarnó por un momento a la Francia revolucionaria por su patriotismo y su fe en el pueblo. Dominó al Consejo ejecutivo.

El poder se dividió entre tres autoridades bien definidas y que trataban de usurparse el poder unas a otras: la Comuna, la Asamblea y el Consejo ejecutivo. Las medidas revolucionarias que legitimaban las circunstancias de la lucha contra el doble peligro del interior y del exterior fueron aplicándose por turno por las autoridades rivales y según se iban produciendo los acontecimientos: dictadura confusa que no adoptó ninguna forma definida y que no se encarnó ni en una institución, ni en un hombre, ni en un partido, ni en una clase.

En el nuevo estado de cosas era preciso en principio apoderarse de los departamentos y de los ejércitos. La Asamblea, el día mismo del 10 de agosto, delegó doce de sus miembros, tres ante cada uno de los cuatro ejércitos, “con poder para suspender provisionalmente tanto a los generales como a todos los demás oficiales y funcionarios públicos, civiles y militares”. El Consejo ejecutivo envió a los departamentos los comisarios elegidos por Danton entre el personal rebelde parisiense. La Comuna creó otros. Esos comisarios actuaron revolucionariamente: arresto de los sospechosos, creación de los comités de vigilancia, depuración de las autoridades. Los departamentos tuvieron que seguir a la capital.

La Comuna reclamaba la creación de un tribunal criminal extraordinario, formado por jueces elegidos por la secciones parisinas, para juzgar los crímenes de contrarrevolución. A pesar de su repugnancia, la Asamblea cedió el 17 de agosto. Ya el 11 de agosto había sido confiada a las municipalidades la misión de investigar los crímenes contra la seguridad del Estado y proceder, en caso necesario, al arresto provisional de los sospechosos. La Asamblea impuso a todos los funcionarios, comprendidos los sacerdotes, el juramento de mantener la libertad y la igualdad. El 26 de agosto decretó que los eclesiásticos conminados al juramento que no lo hubiesen prestado, tendrían que salir, en un plazo de quince días, del reino, bajo la pena de deportación a La Guayana. El 28 de agosto los registros domiciliarios fueron autorizados por la Asamblea, por presión de la Comuna, para buscar las armas que pudiesen tener los ciudadanos sospechosos. Poco a poco se instauraba un régimen de excepción.